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Artículo 133 Constitutie van de Postunie van de Staten van het Amerikaanse Werelddeel, Spanje en Portugal

FINANZAS DE LA UNIÓN

1 El presupuesto aprobado por el Consejo será comunicado de inmediato a los países o territorios miembros, a los efectos de que éstos paguen la cuota-parte que les corresponda en dicho Presupuesto. Con antelación al 31 de diciembre del año anterior al que corresponde el Presupuesto, se deberá enviar la factura correspondiente acompañada de un ejemplar del Presupuesto aprobado. El pago deberá ser realizado antes del 30 de junio del año al cual corresponde este Presupuesto.

2 Después del 30 de junio, las cantidades adeudadas, devengarán interés a razón del 3% al año, a contar del día de la expiración de dicho plazo.

Regeling
Constitutie van de Postunie van de Staten van het Amerikaanse Werelddeel, Spanje en Portugal
Soort
Verdrag
Geldend vanaf
01-01-2014
BWB-id
BWBV0006309
Versie
2014-01-01_0

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