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Artículo 112 Constitutie van de Postunie van de Staten van het Amerikaanse Werelddeel, Spanje en Portugal

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS ÓRGANOS DE LA UNIÓN

1 El informe de cada sesión se redactará en lengua Española. Se reproducirá sucintamente el desarrollo general de las sesiones, proposiciones formuladas, resumen de las deliberaciones habidas y resultados obtenidos.

2 Cada delegado tendrá el derecho de solicitar la inserción íntegra en el informe de toda declaración que formule, a condición de que entregue el texto a la Secretaría General, redactado en el idioma oficial de la Unión y en el término de veinticuatro horas después de finalizada la sesión de que se trata.

3 La Secretaría General confeccionará los informes de las sesiones en base a las grabaciones de las deliberaciones del Congreso y las enviará para su aprobación a las delegaciones de los países o territorios miembros que participaron en el Congreso. La Secretaría General tomará en consideración las observaciones que le lleguen dentro del plazo de 40 días a contar de la fecha de distribución de los informes a los países o territorios miembros que corresponda.

4 Si durante el desarrollo del Congreso una delegación deseare hacer referencia a una intervención, solicitará a la Secretaría General un informe sobre dicha intervención en base a las grabaciones de las deliberaciones.

Regeling
Constitutie van de Postunie van de Staten van het Amerikaanse Werelddeel, Spanje en Portugal
Soort
Verdrag
Geldend vanaf
01-01-2014
BWB-id
BWBV0006309
Versie
2014-01-01_0

In de hele regeling · Officiële tekst op wetten.overheid.nl