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Tekst Handelsovereenkomst tussen het Koninkrijk der Nederlanden en de Verenigde Mexicaanse Staten

SECRETARIO DE RELACIONES EXTERIORES

ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

MEXICO

6-A-148

México, DF., 27 de enero de 1950.

Señor Ministro:

En respuesta a la atenta nota de Vuestra Excelencia, número 120 de esta fecha, tengo la honra de manifestar a Vuestra Excelencia, en relación con el Convenio de Comercio suscrito hoy entre nuestros respectivos Gobiernos, que el de México toma nota del principio y de la forma en que opera el Sistema Neerlandés de Monopolio para la importación de productos agrícolas y conviene en considerar que las medidas que bajo dicho Sistema puedan ser ejecutadas, están comprendidas entre las que menciona la parte final del Inciso d) del Artículo VI del propio Convenio.

Queda entendido que las excepciones a que se refiere el Inciso e) del Artículo VI del propio Convenio de Comercio, se refieren a obligaciones contraídas por el Reino de los Países Bajos, de conformidad: a) con la Convención de Cooperación Económica Europea firmada en París el 16 de abril de 1948; b) con el Acuerdo de Cooperación Económica entre los Gobiernos del Reino de los Países Bajos y de los Estados Unidos de América, firmado el 2 de julio de 1948, y c) con obligaciones contractuales similares existentes o futuras; y por parte de México, a obligaciones contractuales futuras de índole semejante para fines de desarrollo económico.

Asimismo me es honroso manifestar a Vuestra Excelencia que mi Gobierno está de acuerdo en que el Convenio de Comercio de referencia entre en vigor provisionalmente desde hoy, a reserva de que se efectúe el canje a que se refiere el Artículo VIII sobre su ratificación.

Por último, el Gobierno de México toma nota de que el Reino de los Países Bajos, según su Constitución, comprende el territorio metropolitano y los territorios de ultramar.

Aprovecho esta oportunidad para reiterar a Vuestra Excelencia el testimonio de mi alta y distinguida consideración.

MANUEL TELLO.

Al Excelentísimo señor Ch. J. H. Daubanton,

Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario

de los Países Bajos,

Presente.

Regeling
Handelsovereenkomst tussen het Koninkrijk der Nederlanden en de Verenigde Mexicaanse Staten
Soort
Verdrag
Geldend vanaf
05-02-1952
BWB-id
BWBV0005456
Versie
1952-02-05_0

In de hele regeling · Officiële tekst op wetten.overheid.nl